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Estatuto de la Unidad Ejecutora de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia

REGISTRO OFICIAL Nº 434 de 10 de Enero del 2007


  LA UNIDAD EJECUTORA DE MATERNIDAD GRATUITA Y ATENCION A LA INFANCIA

Considerando:

Que, las instituciones que la Constitución y la ley determinen, gozarán de autonomía, para su organización y funcionamiento, conforme lo prescrito en el Art. 119 de la Carta Fundamental del Estado;

Que, la Ley de Maternidad Gratuita en el literal a) del Art. 7, crea la Unidad de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, como una entidad autónoma, encargada de administrar los recursos asignados a la cuenta Fondo Solidario de Salud;

Que, la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de la Remuneraciones del Sector Público, determina que las estructuras organizacionales serán por procesos;

Que, para mejorar la prestación de servicios que la ley le dispone, se ha diseñado la estructura organizacional en el marco del ordenamiento jurídico vigente;

Que, el Ministerio de Economía y Finanzas en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art. 113 del Reglamento de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, con oficio No. MEF-SP-CDPP-2006-904634 de 27 de diciembre del 2006, emite informe favorable previo a la expedición del estatuto;

Que, la Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público, con fundamento en la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa, su reglamento de aplicación y Norma Técnica de Diseños de Reglamentos o Estatutos Orgánicos de Gestión Organizacional por Procesos, con oficio No. SENRES-DI-038250 de 28 de diciembre del 2006, emite el dictamen favorable para la emisión del presente estatuto; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley,

Resuelve:

Expedir el siguiente Estatuto de la Unidad de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia.

CAPITULO I

DE LA NATURALEZA, DOMICILIO Y AMBITO

Art. 1.-Naturaleza.- La Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia es una entidad del sector público con autonomía administrativa y financiera, conforme lo dispuesto en el Art. 7 de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia.

Art. 2.-Domicilio.- La Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia tendrá su domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, República del Ecuador, pudiendo establecer unidades desconcentradas en el resto del país.

Art. 3.-Ambito.- La Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia es de ámbito nacional.

CAPITULO II

DE LA MISION, FINES Y OBJETIVOS ESTRATEGICOS

Art. 4.-Misión.- La Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia es responsable de vigilar la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, en el ámbito de su competencia, y gerenciar el Fondo Solidario de Salud en el marco del modelo de gestión y control que establece la ley pertinente; para cubrir los gastos por medicamentos, insumos, micronutrientes, suministros, exámenes básicos de laboratorio y exámenes complementarios, del conjunto de prestaciones que establece la ley, para la atención de mujeres y niños-as menores de cinco años, garantizando, en coordinación con las instancias del Ministerio de Salud Pública, implicadas y cumpliendo la normativa de esta Cartera de Estado y del Consejo Nacional de Salud, la atención gratuita y de calidad en las unidades operativas del Ministerio de Salud Pública, en forma obligatoria y en otras sin fines de lucro que voluntariamente participen con sus recursos; para lo que cuenta con un recurso humano calificado, competente y comprometido con una gestión pública basada en el derecho y en la rendición de cuentas.

Art. 5.-Visión.- Entidad eje del manejo de fondos suficientes para garantizar la cobertura universal de las prestaciones que contempla la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia y de otras que se incluyan para los mismos grupos u otros beneficiarios, con procesos internos definidos, eficientes, eficaces, efectivos, transparentes y automatizados, con capacidad de control y sanción, en el marco del modelo de gestión que establece la ley; y, con comités de gestión de los fondos solidarios locales de salud, comités de usuarias y unidades ejecutoras locales, fortalecidos para el cumplimiento de su rol y responsabilidad.

Art. 6.-Objetivos Estratégicos.- Son objetivos estratégicos de la Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, las siguientes:

a) Proyectar las necesidades de la población relacionadas con las prestaciones que financia la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

b) Garantizar el financiamiento de los gastos por medicinas, insumos, micronutrientes, suministros, exámenes básicos de laboratorio y exámenes complementarios del conjunto de prestaciones que establece la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia; de las unidades ejecutoras locales;

c) Definir el tipo de prestaciones y el costo de las mismas;

d) Buscar financiamiento de la cooperación reembolsable y no reembolsable para promover la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia y apoyar el fortalecimiento de los organismos creados por mandato legal, en el marco del modelo de gestión y control de la ley;

e) Administrar el Fondo Solidario de Salud, con equidad, solidaridad y transparencia;

f) Establecer directrices para la asignación de recursos a los Comités de Gestión del Fondo Solidario Local de Salud y unidades ejecutoras locales;

g) Asesorar a las municipalidades en lo concerniente con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, que son: Financiamiento y organización de la referencia obstétrica, neonatal y pediátrica; y, la promoción de la ley y de los derechos sexuales y reproductivos;

h) Controlar de acuerdo a la normativa legal, el uso de los recursos del Fondo Solidario de Salud, asignados a las unidades ejecutoras locales y a los Comités de Gestión del Fondo Solidario Local de Salud;

i) Monitorear y evaluar el impacto de la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia; y,

j) Garantizar el derecho de denunciar la inobservancia de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia por parte de los comités de usuarias de salud, instrumentar las sanciones y hacer el seguimiento de las causas.

CAPITULO III

DE LA ESTRUCTURA

Art. 7.-Estructura.- La Estructura Orgánica de la Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia estará conformada por los siguientes procesos:

1. PROCESO GOBERNANTE

1.1 Gestión Estratégica Institucional

2. PROCESO AGREGADOR DE VALOR

2.1 Financiamiento Integral

2.1.1 Planificación e Investigación

2.1.2 Financiamiento

2.2.3 Control

3. PROCESOS HABILITANTES

  3.1 DE ASESORIA

                3.1.1 Asesoría Jurídica

3.1.2 Comunicación Social

3.2 DE APOYO

3.2.1 Desarrollo Institucional

Art. 8.- Cadena de Valor.- La cadena de valor de la Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, es la siguiente:

 

 

Art. 9.-Mapa de procesos.- Los procesos determinados en la estructura orgánica, tendrá el siguiente flujo de comunicación:

 

Art. 10.- Diagrama de la Estructura Orgánica.- El Diagrama Orgánico de la Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, es la siguiente:

 

 

CAPITULO IV

ROLES Y ATRIBUCIONES

Sección I

PROCESO GOBERNANTE DE LA GESTION ESTRATEGICA

Art. 11.-Misión.- Le corresponde la gestión política y técnica de la entidad, que será ejercida por la (el) Directora (o) Ejecutiva(o).

Art. 12.-Atribuciones de la Coordinación General.- Las atribuciones de la Coordinación General son las siguientes:

a) Representar legalmente a la entidad;

b) Ejercer la Secretaría Técnica del Comité de Apoyo y Seguimiento, CAS;

c) Emitir resoluciones internas que dirijan la gestión de la Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, UEMGAI;

d) Planificar, organizar, dirigir y controlar los procesos organizacionales de la Unidad de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

e) Gerenciar y mantener el Sistema de Gestión determinado en la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

f) Establecer alianzas estratégicas, concertaciones y mecanismos de cooperación interinstitucional, con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, para el cumplimiento de la misión de la entidad;

g) Gestionar ante los organismos competentes la consecución de recursos financieros;

h) Coordinar la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, con las autoridades involucradas;

i) Suscribir convenios de cooperación interinstitucional con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente;

j) Coordinar con las direcciones provinciales de Salud, las actividades de control de la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

k) Aprobar la actualización del conjunto de prestaciones, financiadas por la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, y la normativa derivada, sobre la base de estudios técnicos;

l) Aprobar la pro forma presupuestaria, el Plan Estratégico y el Plan Operativo Anual;

m) Autorizar los gastos de la entidad y la asignación de recursos a las unidades ejecutoras locales y comités de gestión de los fondos solidarios locales de salud;

n) Suscribir contratos de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente;

o) Nombrar, contratar y remover a los servidores de la entidad, conforme el ordenamiento jurídico vigente; y,

p) Las otras que le confiere la ley, reglamentos y normas conexas.

Sección II

PROCESO AGREGADOR DE VALOR DE LA DIRECCION DE FINANCIAMIENTO INTEGRAL

Art. 13.-Misión.- Coordinar técnicamente los subprocesos de planificación e investigación, financiamiento y control para garantizar el financiamiento de los recursos del Fondo Solidario de Salud, en el marco del modelo de gestión y control dispuesto por la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia y de acuerdo con la normativa del Ministerio de Salud Pública y del Consejo Nacional de Salud, que será ejercida por la Directora(o) Técnica(o).

Art. 14.-Subprocesos.- Son subprocesos de la Dirección de Financiamiento Integral los siguientes:

a) Planificación e investigación;

b) Financiamiento; y,

c) Control.

Parágrafo 1º

DE LA PLANIFICACION E INVESTIGACION

Art. 15.-Misión.- Planificar estratégicamente el cumplimiento del objeto y modelo de gestión de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia y realizar estudios sobre su aplicación e impacto.

Productos.

a) Plan Estratégico y Operativo Anual;

b) Listado de estándares de calidad de las prestaciones que financia la Ley de Maternidad Gratuita;

c) Informe de monitoreo y evaluación de la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

d) Informe de monitoreo y evaluación del impacto de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

e) Informes de investigación sobre el modelo de gestión y control de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia y propuestas de ajuste e innovación de acuerdo a necesidades;

f) Programa de asistencia técnica a las municipalidades para el financiamiento y organización de la referencia obstétrica, neonatal y pediátrica; y, la promoción de la ley y de los derechos sexuales y reproductivos;

g) Propuesta de actualización de la lista de prestaciones;

h) Informe de seguimiento del financiamiento y organización de la referencia obstétrica, neonatal y pediátrica; y, la promoción de la ley y de los derechos sexuales y reproductivos;

i) Registro del financiamiento y organización de la referencia obstétrica, neonatal y pediátrica; y, la promoción de la ley y de los derechos sexuales y reproductivos;

j) Propuesta de actualización de la lista de prestaciones financiadas por la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, y la normativa derivada, en base a estudios técnicos;

k) Informes, documentos técnicos y estudios para el Comité de Apoyo y Seguimiento, Presidencia de la República, Congreso Nacional, Frente Social, Consejo Nacional de las Mujeres y otros;

l) Informes de coordinación con los equipos de asesoría establecidos por el Comité de Apoyo y Seguimiento;

m) Propuestas de convenios interinstitucionales para la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia; y,

n) Sistema de Información del Modelo de Gestión y Control de la ley.

Parágrafo 2º

DEL FINANCIAMIENTO

Art. 16.-Misión.- Desarrollar los procesos técnicos requeridos para lograr una transferencia suficiente y oportuna de los recursos para cubrir los gastos del conjunto de prestaciones previstas en la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, de acuerdo a criterios de elegibilidad.

Productos.- Los productos del Proceso de Gestión Financiera son los siguientes:

a) Proyectos para la consecución de los recursos del Fondo Solidario de Salud y otras fuentes de financiamiento;

b) Pro forma presupuestaria del Fondo Solidario de Salud;

c) Propuesta de modificación de los techos presupuestarios de las unidades ejecutoras locales y de la Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

d) Criterios de elegibilidad para aprobar las transferencias a las unidades ejecutoras locales y Comités de Gestión del Fondo Solidario Local de salud;

e) Criterios de elegibilidad para la conformación de los Comités de Gestión del Fondo Solidario Local de Salud;

f) Informe de depuración de producciones;

g) Informe del análisis de transferencias a unidades ejecutoras locales y comités de gestión del Fondo Solidario Local de Salud;

h) Listas de medicamentos, insumos, micronutrientes, suministros, exámenes básicos de laboratorio y exámenes complementarios en base de los protocolos de prestaciones de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

i) Estudios de costos de las prestaciones;

j) Tarifario de las prestaciones;

k) Plan de capacitación y asesoría a unidades ejecutores locales, Comités de Gestión del Fondo Solidario Local de Salud y direcciones provinciales de salud sobre el modelo de gestión administrativa y financiera previsto en la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

l) Plan de asistencia técnica a los comités de usuarias;

m) Informe de asesoría de conformación; de seguimiento y de evaluación de los comités de gestión;

n) Manual Técnico Operativo Administrativo - Financiero;

o) Sistema de información sobre las unidades ejecutores locales y comités de gestión del Fondo Solidario Local de Salud; y,

p) Informes para los entes financiadores sobre las transferencias efectuadas a las unidades operativas locales y comités de gestión del Fondo Solidario Local de Salud.

Parágrafo 3º

DEL CONTROL

Art. 17.-Misión.- Controlar el uso transparente y la calidad de las prestaciones que cubre el Fondo Solidario de Salud, garantizando en coordinación con las instancias del Ministerio de Salud Pública implicadas, los comités de gestión del Fondo Local de Salud y los comités de usuarias; la atención gratuita y de calidad en las unidades ejecutoras locales; y, promover la veeduría social y la rendición de cuentas.

Productos.

Justificativos

a) Informe de análisis técnico de los justificativos de gastos presentados por las unidades ejecutoras locales respecto de las transferencias recibidas;

b) Informe de validación y valoración de los justificativos gastos presentadas por las unidades ejecutoras locales respecto de las transferencias recibidas;

c) Registro de la valoración de los justificativos de gasto de las transferencias efectuadas a las unidades ejecutoras locales;

d) Informe de valoración de los justificativos de gasto de las transferencias efectuadas a cada unidades operativas locales;

e) Informes de seguimiento sobre los justificativos de gasto que deben presentar las unidades ejecutoras locales, de las transferencias recibidas;

f) Informe de análisis de los justificativos presentados de las transferencias efectuadas a los comités de gestión a las unidades ejecutoras locales;

g) Informe de validación y valoración de los justificativos de las transferencias efectuadas a los comités de gestión a las unidades ejecutoras locales;

h) Registro de la valoración de los justificativos de las transferencias efectuadas a los comités de gestión a las unidades ejecutoras locales;

i) Informe de valoración de los justificativos de las transferencias efectuadas a los comités de gestión del Fondo Solidario Local de Salud;

j) Informes de seguimiento sobre los justificativos que deben presentar los comités de gestión del Fondo Solidario Local de Salud para justificar las transferencias recibidas;

k) Informe del análisis técnico de los justificativos presentados por las unidades ejecutoras locales calificadas, respecto a utilización de sangre y hemocomponentes;

l) Informe de la validación del reporte del número de unidades de sangre y hemocomponentes utilizados por las unidades ejecutoras locales;

m) Informe de valoración del número de unidades de sangre y hemocomponentes utilizado por las unidades ejecutoras locales;

n) Informe a las unidades ejecutoras locales, coordinadores de Maternidad Gratuita de las direcciones provinciales de salud y responsable del programa respectivo del MSP y Cruz Roja Ecuatoriana, de los justificativos del uso de sangre y hemocomponentes presentados en el nivel local;

o) Informe de seguimiento de los justificativos del uso de sangre y hemocomponentes que deben presentar las unidades ejecutoras locales;

p) Sistema de información de justificativos;

Calidad

q) Informe del monitoreo del cumplimiento de estándares de calidad en coordinación con el Ministerio de Salud;

r) Reportes sobre el cumplimento de los estándares de calidad por cada una de la unidades ejecutoras de acuerdo a los requerimientos para efectuar las transferencias establecidos por el Modelo de Gestión establecido por la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

Supervisión y Auditoría

s) Informes de supervisiones provinciales de aplicación de la ley de acuerdo al plan y metodología de supervisión capacitante y rendición de cuentas;

t) Términos de referencia para la contratación de servicios de auditoría externa sobre la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

u) Informe sobre seguimiento de los servicios de auditoría externa;

Sanción

v) Registro de las denuncias recibidas;

w) Ruta para la determinación de las sanciones por el incumplimiento de la ley;

x) Informes técnico y jurídico de las denuncias recibidas;

y) Plan de información a los comités de usuarias sobre la ruta para la aplicación de la sanción por incumplimiento de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia; y,

z) Informe de rendición de cuentas de la aplicación de la ruta para la determinación de la sanción por incumplimiento de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia.

SECCION III

DE LOS PROCESOS HABILITANTES

Parágrafo 1º

DE ASESORIA JURIDICA

Art. 18.-Misión.- Proporcionar a la Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, asesoría de carácter jurídico para orientar las decisiones y acciones relativas a la misión institucional.

Productos.- Son productos del Proceso de Asesoría Jurídica, los siguientes:

a) Criterios jurídicos;

b) Proyectos de decretos, reglamentos, acuerdos y resoluciones;

c) Proyectos convenios y contratos; y,

d) Demandas, contestación a la demanda, escritos y alegatos.

Parágrafo 2º

DE LA COMUNICACION SOCIAL

Art. 19.-Misión.- Desarrollar el sistema comunicacional que asegure la creación de una conciencia pública e institucional respecto a la Ley de la Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia y de la misión de la Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia.

Productos.- Son productos del Proceso de Comunicación Social, los siguientes:

a) Plan de Comunicación para la difusión de la ley e informe de ejecución;

b) Plan de marketing social e informe de ejecución;

c) Planes de incidencia política e informe de ejecución;

d) Informe de seguimiento de la información pública en relación a la aplicación de la ley y a temas relacionados;

e) Pagina web;

f) Boletines informativos;

g) Publicaciones; y,

h) Agenda de relaciones públicas y de actos protocolarios institucionales.

Parágrafo 3º

DEL DESARROLLO INSTITUCIONAL

Art. 20.-Misión.- Administrar la información, proveer de recursos materiales y tecnológicos para el desarrollo de las actividades, administrar el recurso humano y los recursos financieros de la entidad.

Productos- Son productos del Proceso de Desarrollo Institucional, los siguientes:

Documentación y Archivo

a) Sistema de información y documentación interna y externa;

b) Reporte diario, mensual, trimestral o anual de los ingresos y despachos de la información;

c) Certificaciones;

d) Archivo;

Administrativo

e) Catastro de proveedores;

f) Plan de adquisición de bienes y servicios e informe de ejecución;

g) Inventario de bienes valorado;

h) Plan de mantenimiento, inventario de activos fijos; e, informe de administración de seguros;

Financiero

i) Pro forma presupuestaria,

j) Certificaciones presupuestarias;

k) Plan periódico de caja;

l) Informe de ejecución presupuestaria;

m) Informe de control previo;

n) Registros contables: Estados financieros, registro de libros bancos, conciliaciones bancarias, cédulas presupuestarias;

o) Roles de pago;

p) Registro de sistema interbancario de pagos;

Recursos Humanos

q) Reglamento Interno de Recursos Humanos;

r) Estructura ocupacional;

s) Informe de selección;

t) Plan e informe de evaluación del desempeño;

u) Plan e informe de capacitación;

v) Plan e informe de bienestar social; y,

Informática

w) Plan Informático, sistemas, redes, comunicaciones e informe de mantenimiento.

Art. 21.-Atribuciones.- Son atribuciones del profesional de desarrollo institucional las siguientes:

1. Información y documentación

a) Administrar la información de la entidad;

b) Certificar documentos oficiales;

c) Prestar servicio de información a los usuarios sobre la situación de su trámite; y,

d) Administrar un sistema de comunicación con todos los procesos en lo relacionado a los trámites ingresados.

2. Administrativo

a) Proveer de recursos materiales para el desarrollo de las operaciones de la entidad;

b) Mantener actualizado el registro de proveedores;

c) Administrar el sistema de inventarios de los bienes muebles e inmuebles;

d) Adecuar y mantener áreas de trabajo, bienes muebles e inmuebles, equipos e instalaciones;

e) Proveer de servicios de vigilancia y protección; y,

f) Coordinar la administración de vehículos y conductores.

3. Financiero

a) Administrar los sistemas de presupuesto, contabilidad y administración de caja de conformidad con el ordenamiento jurídico sobre la materia;

b) Formular, programar, ejecutar, controlar, evaluar y liquidar el presupuesto institucional;

c) Realizar control previo y los registros contables pertinentes y proveer información financiera para la toma de decisiones; y,

d) Administrar las cuentas de la institución; realizar depósitos y pagos; y, custodiar los valores en papeles.

4. Recursos Humanos

Las atribuciones de Recursos Humanos serán las previstas en la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, su reglamento de aplicación y normas técnicas.

5. Informática

a) Elaborar el plan informático;

b) Diseñar, desarrollar y producir sistemas de apoyo tecnológico; y,

c) Realizar el mantenimiento del equipo informático.

En todos los casos, las demás que disponga la ley, los reglamentos y la Coordinación General.

Art. 22.-Vigencia.- El presente estatuto orgánico regirá a partir de su aprobación sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los veinte y ocho días del mes de diciembre del año dos mil seis.

f.) Dra. Ninfa León Jiménez,

Coordinadora General de la Unidad de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia.

 
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